El próximo 31 de julio de 2025 se cumple el límite establecido para que los dueños de automóviles en Guatemala realicen el pago del Impuesto sobre Circulación de Vehículos (ISCV) referente al año fiscal actual. Esta obligación fiscal está reglamentada por la Ley del Impuesto sobre Circulación de Vehículos, según el Decreto 70-94, que especifica claramente que el pago debe efectuarse entre el 1 de enero y el último día de julio. Hasta este momento, no se ha anunciado ninguna extensión oficial para este plazo.
Con el plazo acercándose, las autoridades fiscales han destacado la relevancia de cumplir con esta obligación para prevenir sanciones y problemas. La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) señaló que aquellos que no efectúen el pago en el plazo previsto se arriesgan a una penalización del 100 % del total del impuesto, además de cargos por intereses diarios. Esta multa puede disminuirse hasta un 25 % si el pago se realiza voluntariamente antes de recibir una notificación formal de cualquier medida administrativa.
De no pagarse el impuesto durante tres años consecutivos, el vehículo podría ser inhabilitado en el sistema y perder el derecho a circular de forma legal. Esta medida busca incentivar el cumplimiento fiscal, además de depurar el padrón vehicular nacional, que aún contiene registros de unidades inactivas.
Al 2 de julio, únicamente un 39 % de los vehículos en Guatemala estaba al día con el pago del impuesto. Este porcentaje equivale a más de 1.6 millones de automóviles. El 61 % que falta todavía no ha cumplido con su obligación, lo que ha causado cierta inquietud entre las autoridades ante la posibilidad de un colapso en las plataformas de pago hacia los últimos días del mes.
Hasta esa misma fecha, la SAT reportó una recaudación de aproximadamente Q524 millones, lo que representa un 42.7 % de la meta anual establecida. El organismo ha intensificado su campaña informativa para instar a los contribuyentes a evitar las largas filas bancarias y los errores de última hora.
El proceso para realizar el pago del ISCV se efectúa de manera totalmente digital mediante la plataforma Declaraguate. El contribuyente debe ingresar el número de placa del automóvil junto con el NIT o CUI del dueño, completar el formulario SAT-4091, verificarlo, congelarlo y generar la boleta SAT-2000 para proceder con el pago. Este se puede efectuar en línea o en agencias bancarias permitidas. Tras efectuar el pago, es necesario imprimir la calcomanía digital que acredita la solvencia del automóvil.
Aunque en años anteriores se concedió una ampliación del tiempo para abonar el impuesto, como sucedió en 2024, hasta ahora no se ha publicado ningún decreto que justifique una extensión para 2025. A pesar de que en el Congreso de la República hay propuestas que sugieren extender el plazo hasta el 30 de septiembre, estas todavía no han sido ratificadas, por lo que el 31 de julio sigue siendo la fecha oficial establecida.
Las autoridades solicitan a los dueños de automóviles que eviten dejar todo para el final, ya que el sistema digital y las entidades bancarias tienden a tener mucha demanda al cierre del mes. Asimismo, es aconsejable asegurarse de que no haya multas o deudas por infracciones de tráfico, puesto que estas pueden dificultar la obtención de la calcomanía necesaria, aun cuando el impuesto haya sido liquidado.
El cumplimiento de esta obligación tributaria no solo es un requisito legal, sino que también permite a los usuarios mantener su vehículo en regla, evitar contratiempos ante operativos policiales y contribuir a las finanzas públicas del país. La SAT y otras entidades gubernamentales han reiterado que no habrá excepciones si el pago no se realiza dentro del plazo establecido.
