El Ministerio de Relaciones Exteriores de Guatemala ha salido al paso de versiones que vinculaban al país con la figura de “tercer país seguro” en el marco de un reciente acuerdo con Estados Unidos. Según explicó el canciller, el convenio no implica que Guatemala asuma la obligación de otorgar asilo o refugio automático a personas migrantes que hayan sido interceptadas en territorio estadounidense. El acuerdo, subrayó, se limita a mecanismos de cooperación migratoria bajo condiciones humanitarias específicas y con base en las capacidades del país.
La aclaración surge luego de que se conociera que Guatemala firmó un memorando de entendimiento con Estados Unidos, mediante el cual se compromete a recibir a ciertos migrantes considerados especialmente vulnerables. No obstante, las autoridades guatemaltecas fueron enfáticas en señalar que este instrumento no se traduce en la adopción de compromisos similares a los de un país que oficialmente actúa como receptor alternativo de solicitantes de asilo que buscan protección en EE. UU.
El ministro de Relaciones Exteriores de Guatemala afirmó que esta colaboración busca ofrecer apoyo temporal a grupos específicos, tales como mujeres gestantes, menores no acompañados, individuos con enfermedades críticas o víctimas de tráfico humano. Según el gobierno, es una medida específica con un enfoque humanitario, realizada en total cooperación con entidades internacionales como ACNUR y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM).
Además, se mencionó que los migrantes que eventualmente arriben a Guatemala bajo este programa no se quedarán de manera permanente, sino que estarán sujetos a mecanismos de atención y protección que incluyan opciones como la reunificación familiar, la reubicación en otros países o el retorno asistido. En consecuencia, la medida no pretende crear un sistema de refugio permanente, ni asignarle a Guatemala la función de ser el destino final para quienes pidan asilo en Estados Unidos.
Desde Cancillería se insistió en que el país no cuenta con la infraestructura ni los recursos para asumir una carga migratoria de gran escala, y que cualquier iniciativa de este tipo será evaluada dentro del respeto a la soberanía nacional, la capacidad institucional y los tratados internacionales vigentes. El gobierno afirmó que el acuerdo responde más bien a una lógica de cooperación técnica y humanitaria, no a un rediseño de su política migratoria.
El tema ha generado reacciones divididas dentro del país. Diversos sectores sociales han expresado inquietud ante la posibilidad de que se repliquen esquemas aplicados en otros países de la región que han sido presionados para albergar migrantes bajo políticas migratorias restrictivas implementadas por Estados Unidos. Organizaciones de derechos humanos han pedido mayor transparencia sobre los términos del acuerdo, y han advertido sobre los riesgos de criminalización, desprotección y hacinamiento en albergues si no se garantiza una atención adecuada.
Por su parte, las autoridades guatemaltecas defendieron la necesidad de mantener una relación fluida con Estados Unidos en materia migratoria, dado el alto número de connacionales que intentan llegar a ese país cada año, así como la importancia estratégica de los flujos de remesas para la economía nacional. Reiteraron que cualquier programa de cooperación deberá contar con apoyo técnico y financiero, además del acompañamiento de agencias internacionales especializadas.
El Ejecutivo también informó sobre la formación de una comisión interinstitucional para supervisar el desarrollo del convenio y coordinar la asistencia a los migrantes que puedan ingresar al país de esta manera. Se espera que este grupo incluya a delegados de los ministerios de Relaciones Exteriores, Gobernación, Salud y Bienestar Social, así como a organismos internacionales de cooperación y representantes de la sociedad civil.
En este contexto, Guatemala reafirma su postura de respeto a los derechos humanos y su compromiso con una migración ordenada y segura, al tiempo que establece límites claros sobre sus responsabilidades ante acuerdos internacionales, evitando que se le imponga el rol de receptor estructural de solicitudes de asilo ajenas a su jurisdicción original.
