La Agencia Mundial Antidopaje aprobó la última versión de su código en enero de 2021, y abrió así un periodo en el que los países se vieron obligados a adaptar sus legislaciones a las nuevas normas. Casi tres años más tarde, España tiene previsto concluir este martes su proceso con la aprobación por el Consejo de Ministros del reglamento que desarrolla la ley antidopaje que entró en vigor en diciembre de 2021. El real decreto que ha preparado el Gobierno terminará de desplegar lo previsto en aquella norma y permitirá, por ejemplo, la realización de más controles antidopaje a un número notablemente mayor de deportistas.
La Agencia Estatal Comisión Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte (CELAD) confía en que también sirva para establecer por fin de la validez indiscutible del pasaporte biológico más allá de las dudas de algunos jueces. “Espero que sea el paso definitivo”, dice su presidente, José Luis Terreros. Sigue muy presente el caso del ciclista Ibai Salas, al que la agencia española antidopaje sancionó con cuatro años por irregularidades en el pasaporte, castigo que le levantaron después el Tribunal Administrativo para el Deporte (TAD) y la Audiencia Nacional.
Esta instancia judicial sentenció en febrero de este año que el pasaporte biológico “no es respetuoso con la presunción de inocencia”. Se trata de un método que vigila la evolución de un grupo de valores biológicos de los deportistas y alerta ante alteraciones que puedan estar provocadas por sustancias dopantes. La Audiencia Nacional entendió que este sistema “no determina la comisión de la infracción, sino la probabilidad del consumo de una sustancia prohibida que debe ser determinada”.
El nuevo reglamento fija el valor legal del método: “Un resultado adverso en el pasaporte biológico del o de la deportista constituirá prueba de cargo suficiente a los efectos de considerar existente la infracción”, dice el texto del real decreto.
El caso de Salas sembró el desconcierto en la CELAD, hasta el punto de dejar en suspenso los casos de cinco deportistas españoles en cuyos pasaportes se detectaron irregularidades. Después de la sentencia de la Audiencia Nacional, la agencia antidopaje decidió derivar tres de esos casos a sus respectivas federaciones internacionales, de modo que quedaran fuera del alcance de una decisión similar que terminara desactivando el proceso. Los otros dos casos, con características distintas del de Salas, siguen ya su curso natural en la CELAD, donde confían en que estos malabarismos jurídicos no sean necesarios con los nuevos casos a partir de la entrada en vigor del reglamento, 20 días después de que se publique en el BOE.
Aunque la mayor incidencia del nuevo texto se verá en el volumen de los controles, que necesitarán solo un agente para llevarse a cabo, en lugar de los dos que se exigen ahora. La menor necesidad de personal, y la validación definitiva de los controles de gota de sangre seca, más baratos que los que necesitan extraer un vial completo, permitirán aumentar el número de pruebas.
También se vigilará a más deportistas. Se crea un nuevo grupo de control con cerca de 800 atletas que no estaban vigilados en el programa de élite, que en un año olímpico como el próximo pone la lupa en casi 500. El nuevo escalón de vigilancia no será tan estricto, pero se trata de un lote de deportistas que hasta ahora no se veía sometido a tests fuera de las competiciones.
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